Hacemos referencia a la emisión de bonos corporativos de Alternegy, S.A., por un monto de hasta Trescientos Veinte Millones de Dólares (US$320,000,000.00), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores mediante Resolución SMV-669-17 de 11 de diciembre de 2017 (en lo sucesivo la “Emisión”).
Alternegy, S.A., por este medio hace de conocimiento público que, en base a solicitud previa, Banco General, S.A. y Banistmo, S.A., en su calidad de suscriptores de la Emisión, y como Tenedores Registrados, otorgaron el día veintisiete (27) de febrero de 2018 una dispensa temporal a Alternegy con respecto a la obligación de Alternegy, S.A. de gravar con primera hipoteca y anticresis previo a la Fecha de Oferta “la servidumbre permanente para el paso y el mantenimiento de la línea de transmisión eléctrica, sobre la finca setenta y siete mil trescientos setenta y siete (77377), Código de ubicación cuatro mil quinientos dos (4502), Documento digitalizado un millón trescientos cuarenta y cinco mil setecientos sesenta y uno (1345761), del Registro público de la Provincia de Chiriquí, ubicada en el Corregimiento de Bijagual, Distrito de David, es decir, el predio sirviente, a favor de Alternegy, S.A. para la operación de la Central Hidroeléctrica Lorena, inscrita como finca al Folio Real número treinta millones doscientos cuarenta y un mil doscientos setenta y ocho (30241278), asiento número uno (1), código de ubicación cuatro mil quinientos dos (4502), de la Sección de la Propiedad, Provincia de Chiriquí, del Registro Público, es decir, el predio dominante”.
La dispensa solicitada y aprobada, obedece a que la obligación de hacer de Alternegy, S.A. de constituir primera hipoteca y anticresis sobre la servidumbre de paso previamente detallada, no se ha podido cumplir dentro del plazo establecido para ello, incluyendo el término de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la Fecha de Liquidación, que nos fuera concedido, a manera de dispensa temporal el pasado 21 de diciembre del 2017; no obstante lo anterior, y luego de las gestiones realizadas por Alternegy, S. A., se logró subsanar el defecto que presentaba la inscripción de la servidumbre pero aún se mantiene a la espera que la entidad calificadora proceda con dicho registro. Una vez se perfeccione dicha inscripción, se tramitará la constitución de la garantía hipotecaria sobre la precitada servidumbre en cumplimiento de las obligaciones adquiridas por Alternegy, S.A.
Así las cosas, la nueva dispensa concede a Alternegy, S.A. (45) días calendarios adicionales contados a partir del (20) de febrero de 2018 para que se perfeccione la constitución de la primera hipoteca y anticresis sobre la servidumbre antes detallada.
Dada en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, el día 28 de febrero de febrero de 2018.