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25 · 06 · 2020

Sector turístico es exonerado del pago de contribución de energía del 20% hasta el 31 de diciembre de 2020

Sector turístico es exonerado del pago de contribución de energía del 20% hasta el 31 de diciembre de 2020
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  • Así lo indicó el Gobierno Nacional a través del Decreto 799 del 4 de junio del 2020, por el cual se adoptan medidas relacionadas con la suspensión transitoria del pago de la sobretasa de energía al sector turístico, en el marco de la contingencia por el covid-19.
  • Aplica para hoteles y servicios de alojamiento, parques de atracción o temáticos, y/o quienes presten servicio de actividades recreativas y de esparcimiento.
  • Para acceder a esta exoneración se debe contar con el Registro Nacional de Turismo vigente y el beneficio se verá reflejado en la siguiente factura de energía, una vez los establecimientos hayan enviado la solicitud correspondiente.

 

Junio 25 de 2020. Una buena noticia para quienes prestan servicios de turismo en Colombia, se trata de la suspensión transitoria del pago de la contribución de energía hasta el 31 de diciembre del presente año. Esta medida fue adoptada por el Gobierno Nacional, en el marco de la contingencia por el covid-19, para apoyar al sector turístico que se ha visto muy afectado por el aislamiento obligatorio.

La contribución corresponde al 20% sobre la tarifa de energía que se cobra a los sectores comerciales y se destina para los subsidios de los estratos 1, 2 y 3 en el país. Dicha contribución es la que queda suspendida para los hoteles y servicios de alojamiento, parques de atracción o temáticos, y/o quienes presten servicio de actividades recreativas y de esparcimiento.

Los clientes de Celsia en el Tolima y Valle del Cauca que deseen acceder a este beneficio deben estar dentro de las actividades mencionadas, contar con el Registro Nacional de Turismo vigente y realizar el siguiente procedimiento:

Enviar un correo electrónico con el asunto: Contribución al correo servicioalcliente@celsia.com

1. Adjuntar Certificado de Cámara de Comercio y Registro Nacional de Turismo.

2. Incluir los siguientes datos en el cuerpo del correo:

• Nombre de la empresa

• NIT de la empresa

• Código de cuenta o nic de la factura de energía

• Datos personales

(nombre completo y número celular)

El beneficio se verá reflejado en la siguiente factura, posterior a la fecha de radicación de los documentos y será aplicado en las facturas emitidas hasta 31 de diciembre de 2020.

“Esta es una noticia con muy buena energía y en Celsia estamos aplicando lo decretado por el Gobierno Nacional para que los clientes que hacen parte del sector turístico se beneficien con la suspensión de la contribución del 20% y así alivianar un poco sus costos, así que es importante que realicen el procedimiento para que se puedan acoger a dicho beneficio”, afirmó Luis Felipe Vélez, líder comercial de Celsia.